En un artículo anterior pudimos ver algunas fuentes de financiación alejadas del panorama bancario, pero nos guardamos una alternativa que puede dar mucho juego e impulso a vuestros proyectos. Es lo denominado como “crowdfunding”.
Bajo este término anglosajón se esconde un novedoso modelo de financiación de proyectos en el cual un colectivo de personas a través de una plataforma, generalmente web, tiene la posibilidad de invertir en un proyecto.
Inicialmente este tipo de proyectos surgieron en el ámbito de lo cultural, siendo las aportaciones, en muchas ocasiones, meramente altruistas. Hoy en día la idea es fácilmente aplicable al panorama empresarial.
¿Qué tipos de financiación colectiva existen?
- Donaciones o recompensas: este es uno de los modelos más extendidos y practicados, en el que las personas aportan dinero a un proyecto. Lo que hace el captador de fondos es ofrecerles una recompensa, la cual puede ser desde simplemente dar el agradecimiento por las redes sociales, hasta conseguir una unidad del producto (un libro, una película, etc.)
- Préstamo: mediante este modelo una persona aporta dinero como un préstamo al proyecto. El objetivo es que la persona que aporta el dinero recupere su inversión junto con unos intereses los cuales se abonarán en unos plazos previamente definidos. Otra modalidad en el caso del préstamo es hacer como una pre-compra, aportando en modalidad de préstamo el dinero para hacer posible un producto que después el creador del proyecto nos entregará.
- Capital: en esta modalidad de crowdfunding, el objetivo es que las aportaciones formen parte del capital de la empresa. Por lo tanto el que aporta fondos pasará a ser socio de la empresa, arriesgando el capital aportado, y obteniendo una parte de los beneficios en caso de repartirse.
Ventajas e inconvenientes de los distintos modelos:
Nos limitaremos a analizar el modelo de préstamo, y el de capital. Pues la otra opción se aproxima más a una donación.
a) Desde el punto de vista del inversor, o mecenas:
b) Desde la perspectiva de la empresa captadora de fondos:
Situación del legal del crowdfunding en España:
Pese a que la idea de la financiación colectiva de proyectos puede resultar realmente atractiva, la legislación española va por detrás de las necesidades de inversores y emprendedores.
i) La modalidad de préstamo o también denominada «crowdlending», basa su soporte legal en la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito. Debemos recordar que las plataformas que usan este modelo no están obligadas a tener licencia bancaria.
ii) Por el contrario, el modelo del crowdfunding orientado a formar parte del capital de la empresa, no está desarrollado en España como sí ocurre en otros países. La falta de velocidad, facilidad y eficiencia en la creación de empresas en nuestro país, hace prácticamente incompatible la idea del crowdfunding. Cuestiones como el hecho de presentar el DNI original de los socios para la escritura de constitución de una Sociedad Limitada, dificultan el proceso de crowdfunding a nivel global.
En definitiva, en España todavía nos queda mucho por avanzar. Existen plataformas como Verkami, en las cuales podemos aportar nuestro grano de arena para diversas iniciativas, pero nuestro beneficio a cambio vendrá de la mano de un agradecimiento, una camiseta de regalo, o una unidad del producto, pero de momento no ofrecen formar parte del capital de la empresa.
¿Cuál es tu punto de vista sobre estas modalidades de financiación?
Fuente: EuropeanCrowdfunding Network