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Ayudas del IGAPE para proyectos de inversión empresarial en Galicia

En fecha 29 de diciembre, ha salido publicada en el Diario Oficial de Galicia, la Resolución de 28 de diciembre de 2015 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a los proyectos de inversión empresarial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desenvolvemento Rexional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva.

La partida presupuestaria para este año 2016 es de 5.000.000€.

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Estas ayudas pretenden estimular la puesta en marcha de proyectos de inversión empresarial en Galicia. Su finalidad principal es dinamizar la actividad económica de la región favoreciendo el mantenimiento y creación de empleo, a través del desarrollo y mejora de las empresas existentes, así como la creación y puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.

Se establecen dos líneas de ayuda:

1) Inversión en equipos productivos

La subvención podrá llegar hasta el 20% de las inversiones subvencionables en el caso de pequeñas empresas y hasta el 10% en el caso de medianas empresas.

Serán subvencionables los proyectos dirigidos a inversión maquinaria y otros bienes de equipamiento para ampliaciones de capacidad, diversificación de producción o cambio esencial en el proceso de producción de un establecimiento existente, que cumplan los siguientes requisitos:

  • La inversión subvencionable deberá ser igual o superior a 50.000€ e inferior a 900.000€, impuestos no incluidos.
  • Sólo podrán acceder las empresas cuya actividad se encuentre en el Anexo II de esta Resolución.
  • La inversión se destinará a: Maquinaria de proceso, Instalaciones específicas para la actividad subvencionable, Equipamientos y medios de transporte interior, Vehículos especiales de transporte exterior, Medios de protección ambiental asociados a las inversiones, Otros bienes de equipamiento que forman parte de los activos fijos de la empresa e intervienen directamente en el proceso productivo.
  • El plazo de ejecución del proyecto no podrá ser superior a 6 meses.

Ayudas inversión empresarial Galicia


2) Inversiones generadoras de empleo.

La subvención podrá llegar hasta el 35% de las inversiones subvencionables en el caso de pequeñas empresas y hasta el 25% en el caso de medianas empresas.

Serán subvencionables los proyectos realizados por pymes que cumplan lso siguientes requisitos:

  • Creación de un nuevo establecimiento o ampliación de capacidad de uno ya existente, que suponga una inversión subvencionable igual o superior a 150.000€ e inferior a 900.000€, impuestos no incluidos.
  • Creación de un nuevo establecimiento o ampliación de capacidad de uno ya existente, que suponga una inversión subvencionable igual o superior a 50.000€ e inferior a 150.000€, siempre y cuando suponga una creación neta de empleo ligado a la inversión, cuyo coste salarial para el período de un año, de los puestos de trabajo a crear, alcancen un importe comprendido entre 150.000€ y 900.000€.
  • Creación de un nuevo establecimiento o ampliación de capacidad de uno ya existente, que suponga una inversión subvencionable igual o superior a 900.000€ e inferior a 2.000.000€, impuestos no incluidos, siempre y cuando se corresponda con actividades que no se consideren atendibles por la Ley 50/1985, y comporten la creación de empleo fijo.
  • La inversión se destinará al desarrollo de las actividades relacionadas en el Anexo II de esta Resolución.
  • La inversión se destinará a: Obra civil (oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas, edificios de producción, edificios de servicios industriales, almacenamiento de productos terminados y otras obras vinculadas al proyecto, Adquisición de edificaciones o construcciones por un importe que no exceda del 10 % del gasto total subvencionable, Bienes de equipo (maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, equipamientos y medios de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, medios de protección ambiental y otros bienes de equipamiento ligados al proyecto, Otras inversiones en activos fijos materiales incluyendo mobiliario, Activos inmateriales, en cuantía no superior al 50 % de la inversión subvencionable.
  • El plazo de ejecución del proyecto no podrá ser superior a 12 meses.

Para presentar la solicitud de la subvención, los interesados deberán cubrir previamente un formulario descriptivo.

El plazo para la presentación de las solicitudes en papel o por vía telemática finalizará el 16 de Diciembre de 2016 o bien en el momento en el que se agote la partida presupuestaria.

Si quieres informarte de otras subvenciones, pues has iniciado o vas a iniciar una nueva actividad y necesitas asesoramiento específico e integral para emprender tu negocio, llama ahora al 981 91 77 27. Te ayudaremos.

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